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Tiempo y plazo
Las vacaciones se dan después de un año de trabajo y debes solicitarlas con mínimo 15 días de antelación. Se conceden de oficio o a petición.
Acumulación y vencimiento
Es obligatorio tomar al menos 6 días de vacaciones al año, los días restantes son acumulables hasta por dos años después del año causado. Después de este tiempo se vencen.
Pago
Si tu salario es fijo, el pago incluye recargos nocturnos, pero no dominicales, festivos, ni horas extras. En cambio, si es variable, el pago corresponde al promedio devengado en el último año.
Interrupción
El empleador puede interrumpir las vacaciones de un empleado por alguna contingencia, pero, superado el impase, debe permitirle reanudarlas sin derecho a objeción.
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